martes, 23 de abril de 2024 21:52h.

El Supremo inhabilita la patria potestad de un padre por tratar de matar a su ex mujer delante de sus hijos

El Supremo considera que este intento de asesinato es "una de las experiencias más traumáticas que puede sufrir un ser humano"
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Imagen del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha impuesto la inhabilitación de la patria potestad a un hombre que intentó matar a su ex mujer delante de sus dos hijos, dentro de un coche cuando la mujer se los llevaba para que estuviera con ellos en un régimen de visitas.

Según una sentencia de la Sala Segunda del TS, el condenado no puede reclamar el derecho a la patria potestad "cuando su intención era dejar a los niños sin su madre, a sabiendas de que ello es y será una de las experiencias más traumáticas que puede sufrir un ser humano".

En los hechos probados se recoge que al ir a entregar a los menores por el régimen de visitas, la víctima, "por miedo a que le pudiera hacer algo" su ex pareja, se quedó en el interior del vehículo haciendo caso omiso de las llamadas del condenado, quien, al ver que ella no bajaba del coche, comenzó a correr hacia vehículo.

En ese momento, la víctima, "ante el temor que le infundía la situación", trató de cerrar las puertas, sin conseguirlo "por su estado de nerviosismo y la rapidez con la que actuó él", como indica esta sentencia. Tras abrir la puerta de la conductora, con un cuchillo abre ostras, "le propinó cinco pinchazos de entre uno y dos centímetros cada uno".

El ataque cesó al intervenir de forma rápida un cliente de un bar cercano que en ese momento se encontraba fumando a la puerta del establecimiento, y que, tras percatarse de lo que estaba sucediendo, agarró al agresor, separándole de la víctima y evitando así que pudiera continuar la agresión y acabara con la vida de la víctima. En ese momento, el condenado, en presencia de la citada persona, seguía manifestando que tenía que matar a su ex mujer. 

Por todo esto, el Tribunal Supremo ha impuesto la inhabilitación de la patria potestad señalando que “debemos entender que la gravedad de los hechos cometidos en presencia de sus propios hijos, en un intento de acabar con la vida de su ex pareja, delante de ellos, y con ocasión del cumplimiento del régimen de visitas no puede sostenerse, desde el punto de vista del reproche penal, con una mera pena de prohibición de aproximación o de comunicación, que quedaría lejos de la proporcionalidad de la pena que postula la Fiscalía", que solicitaba una orden de alejamiento sobre el hombre.